Registro vs. notificación de sustancias – Cuándo y qué debe cumplir según REACH y CLP

Si fabrica o importa sustancias químicas o mezclas en la UE, probablemente encontrará los términos notificación y registro. A primera vista, pueden parecer similares, pero son procesos diferentes.

Ambas obligaciones derivan de la legislación europea, pero difieren en finalidad, alcance y complejidad. Este artículo le explicará claramente la diferencia entre la notificación conforme al Reglamento CLP y el registro conforme al Reglamento REACH.

¿Qué es el registro de sustancias (REACH)?

El registro es un requisito del Reglamento REACH (n.º 1907/2006). En comparación con la notificación, se trata de un proceso más complejo y extenso, cuyo objetivo es garantizar que una sustancia química no represente un riesgo para la salud humana ni para el medio ambiente.

¿Cuándo es obligatorio el registro?

Debe realizarlo todo fabricante o importador que comercialice una sustancia en una cantidad superior a una tonelada por año. La obligación se aplica a sustancias individuales, en mezclas y, en algunos casos, en artículos. Las sustancias ya reguladas por otra normativa (por ejemplo, productos farmacéuticos, sustancias radiactivas) están total o parcialmente exentas del REACH. Sin un registro adecuado, no se permite fabricar ni comercializar la sustancia en la UE.

¿Qué incluye el registro y cómo se lleva a cabo?

El registro requiere preparar un expediente de registro, que debe contener, por ejemplo, la identificación de la sustancia, datos de peligrosidad, propiedades físico-químicas, toxicología, ecotoxicología y escenarios de exposición. Si es necesario, también se incluye una evaluación de riesgos y medidas de control.

El registro sigue el principio de "una sustancia, un registro". Esto significa que los fabricantes e importadores de una misma sustancia deben presentar el registro de forma conjunta. La información debe ser coherente y suficiente para confirmar la identidad de la sustancia. Por lo general, se cobra una tasa por el registro.

¿Qué es la notificación de sustancias (CLP)?

La notificación es un proceso conforme al Reglamento CLP (n.º 1272/2008). Su objetivo es garantizar que la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) disponga de información sobre la clasificación y el etiquetado de las sustancias comercializadas en la UE. Esta información se publica en el denominado Inventario C&L en el sitio web de la ECHA.

Se trata de una base de datos que contiene no solo información sobre clasificaciones y etiquetados notificados y registrados, sino también una lista de clasificaciones armonizadas (anexo VI del CLP) y los nombres de las sustancias armonizadas en todos los idiomas de la UE. La ECHA alberga esta base de datos, pero no revisa ni verifica la exactitud de los datos.

¿Cuándo es obligatoria la notificación?

Debe efectuarla todo fabricante, importador o representante, si comercializa una sustancia por sí sola o en mezcla, y si la sustancia está clasificada como peligrosa o está sujeta a registro bajo REACH (independientemente del peligro).

¿Cuál es el plazo de notificación?

El plazo es de un mes desde la primera comercialización de la sustancia.

¿Importa la cantidad?

A diferencia del registro, la notificación no depende de la cantidad, y debe realizarse incluso por debajo de una tonelada/año.

Novedades en la notificación

A partir del 1 de julio de 2026, cambiará la forma en que se publican los datos en el Inventario C&L de la ECHA. Actualmente, la notificación es anónima – no se muestra quién realizó la clasificación. A partir de julio de 2026, se publicará el nombre del sujeto notificante (por ejemplo, el nombre de la empresa). Si una notificación se presenta en grupo, se mostrará el nombre del miembro que actúa en nombre del grupo. La ECHA permitirá solicitar confidencialidad, y emitirá directrices específicas.

Conclusión

La notificación sirve para informar sobre propiedades peligrosas y etiquetado. No está relacionada con la evaluación de riesgos ni con la cantidad. El registro se aplica a cantidades ≥ 1 tonelada/año y es mucho más exigente. Su objetivo principal es garantizar el uso seguro de las sustancias químicas.

Ambas obligaciones son esenciales para el manejo seguro de productos químicos en el mercado europeo.

Criterio Notificación (CLP) Registro (REACH)
Base legal Reglamento CLP (n.º 1272/2008) Reglamento REACH (n.º 1907/2006)
Requisito de cantidad Independiente de la cantidad A partir de 1 t/año
Finalidad Notificación de clasificación y etiquetado Evaluación de seguridad y gestión de riesgos
Contenido Información sobre clasificación y etiqueta Datos detallados sobre la sustancia
Acceso al mercado No lo impide Sin registro, no puede comercializarse
Tasa No Generalmente sí
Quién notifica Fabricante, importador, representante Fabricante, importador (≥ 1 t/año)

Aviso: Este artículo es meramente informativo y no sustituye la legislación vigente.

Fuentes recomendadas:

© 2025 SBLCore

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25.10.27

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